Vecinos Morosos: Guía Definitiva para Reclamar Deudas en tu Comunidad de Propietarios
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La morosidad en las comunidades de propietarios no es solo un problema de números; es un problema de convivencia. Cuando un vecino deja de pagar, el resto de la comunidad debe cargar con ese peso, lo que suele derivar en tensiones, retrasos en obras necesarias y un deterioro del edificio que es patrimonio de todos.
Si eres presidente, administrador o simplemente un vecino preocupado, es fundamental que conozcas tus derechos. En España, la herramienta estrella para solucionar esto es el Procedimiento Monitorio.
En esta guía, hemos "traducido" la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) y la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) para explicarte paso a paso cómo recuperar el dinero de tu comunidad de forma eficaz y legal.
¿Qué es el Procedimiento Monitorio y por qué es tu mejor aliado?
El procedimiento monitorio es una vía judicial especial, diseñada para ser rápida y ágil. Su objetivo es reclamar deudas dinerarias (cuotas, derramas, gastos comunes) que estén vencidas y sean exigibles.
Desde la reforma legal de 2022, este proceso es aún más potente:
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Permite reclamar cuotas futuras: Si el presupuesto anual está aprobado, puedes incluir las cuotas que vencerán durante el año.
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Intereses y costas: Puedes solicitar que el deudor pague los intereses y los gastos del juicio desde el momento de la notificación.
Paso a Paso: Cómo preparar la reclamación perfecta
Para que el juez admita la demanda y no pierdas tiempo ni dinero, la preparación interna en la comunidad es vital. Sigue esta hoja de ruta:
1. La Junta de Propietarios
Todo empieza aquí. Debes incluir un punto específico en el orden del día (ej: "Aprobación de liquidación de deuda y decisión de inicio de acciones judiciales").
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En el Acta: Debe constar el desglose exacto de la deuda y la autorización expresa al presidente o administrador para demandar.
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Certificado: El secretario, con el visto bueno del presidente, debe emitir un certificado del acuerdo y de la deuda.
2. El "Burofax" (La Notificación)
Antes de ir al juzgado, hay que intentar la vía amistosa pero firme. Debes notificar al deudor el acuerdo de la Junta y la cantidad que debe.
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¿Cómo? Burofax con acuse de recibo y certificación de texto (es la prueba reina).
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¿Y si no lo recoge? Se puede intentar la entrega en mano firmada o, como último recurso, publicar la notificación en el tablón de anuncios de la comunidad (dejando constancia de ello).
3. La Petición al Juzgado
Con el certificado y la prueba de notificación, se presenta la petición inicial.
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Si el juez la admite: Da 20 días al moroso para pagar.
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Si paga: ¡Fin del problema!
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Si se opone: El proceso se convierte en un juicio (verbal u ordinario dependiendo de la cantidad).
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Si ni paga ni contesta: Se inicia la vía ejecutiva (embargos de cuentas, nóminas, etc.).
Preguntas Frecuentes (Lo que todos se preguntan)
¿Existe una cantidad mínima para reclamar?
No. Puedes reclamar cualquier importe, por pequeño que sea. Sin embargo, por practicidad, no suele compensar iniciar un proceso judicial por 50€, pero sí cuando la deuda empieza a ser significativa (ej. 3 o 4 mensualidades).
¿Necesito abogado y procurador?
Aquí está la clave del ahorro:
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Para la petición inicial: No son obligatorios, puedes presentarla tú mismo (aunque un profesional evitará errores).
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Si el deudor se opone:
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Si la deuda es menor de 2.000 €: No son obligatorios (aunque sí recomendables).
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Si la deuda es mayor de 2.000 €: Sí, necesitarás abogado y procurador obligatoriamente.
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¿Qué pasa si el propietario fallece?
La deuda no desaparece. Se reclama a la "Herencia Yacente" (el patrimonio del fallecido antes de repartirse) o a los herederos que acepten la herencia. Es un proceso más complejo porque hay que identificar a los sucesores, pero es totalmente viable.
¿Cuándo caducan las deudas? (Prescripción)
¡Cuidado con dejar pasar el tiempo! La regla general del Código Civil es de 5 años. Si no reclamas (vía burofax o judicialmente) en ese plazo, pierdes el derecho a cobrar.
Consejo: Si tienes deudas antiguas, envía un burofax inmediatamente para "interrumpir la prescripción" y reiniciar el contador de tiempo.
¿Una demanda conjunta o una por vecino?
Aunque parezca más barato agrupar a todos los morosos en una sola demanda, lo recomendable es ir uno por uno. Las demandas individuales evitan errores en las notificaciones y permiten que cada caso avance a su ritmo. Si juntas a todos y hay un problema con la dirección de uno, se paraliza el proceso de todos.
Resumen: Los 5 Mandamientos contra la Morosidad
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Contabilidad al día: Sin cuentas claras, no hay reclamación posible.
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Notificaciones fehacientes: Gástate el dinero en un Burofax; es tu seguro de vida en el juicio.
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No esperes años: Reclamar pronto evita que la "bola de nieve" de la deuda sea impagable para el vecino.
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Consulta profesional: Si la deuda supera los 2.000€ o el caso es complejo (herencias, empresas quebradas), acude a un abogado.
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Actas impecables: Asegúrate de que el acuerdo de liquidación de deuda en la Junta está perfectamente redactado.
Gestionar la morosidad requiere paciencia y rigor, pero con el procedimiento monitorio, la ley está de parte de la comunidad cumplidora.
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